El nuevo reglamento de la ley de gobierno digital
Por: José Burga Carbajal, Asociado Especialista en Regulación Digital Gubernamental y Políticas Públicas de la Sociedad de Derecho y Empresas Digitales.
Un breve análisis, precisiones y comentarios.
Desde hace casi 20 años que el gobierno digital o gobierno electrónico, como se conocía antes, viene desarrollándose en nuestro país y ha pasado por diferentes etapas. Hemos pasado del uso de las TIC’s para aumentar la eficiencia y eficacia de la gestión pública (e-goverment), al nuevo marco de gobernanza y co-creación de valor público, donde el Gobierno basa su gestión operativa de servicios públicos totalmente digitalizados, en relación con los datos que la ciudadanía reporta al momento de hacer uso de dichos servicios digitales. (gobierno digital).
En ese sentido, un punto clave en este proceso de pasar del gobierno electrónico al gobierno digital, viene a ser el valor que los datos representan para el mejoramiento de los servicios públicos. Según reportes del INEI, se calcula que en el Perú se registran más de 150 millones de solicitudes, trámites e interacciones ciudadanas con el gobierno al año. Todo este reporte de datos debe servir, en la práctica, como insumo para que se pueda mejorar la calidad de las políticas públicas, conocer de cerca las necesidades ciudadanas e implementar el uso de tecnologías digitales con un enfoque desde el ciudadano.
Bajo este contexto, mediante la Ley de Gobierno Digital (Decreto Legislativo Nº 1412), se implementa el marco de gobernanza y adecuada gestión de conceptos como: identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos; y, a través de su Reglamento (Decreto Supremo Nº 029–2021-PCM) se organiza, instrumentaliza y detalla, como es que dichos conceptos serán llevados a la práctica. A continuación, pasaremos a comentar, de manera muy resumida, los aspectos más importantes de dicho Reglamento y la forma en que estos impactan en la ciudadanía y el sector público.
1. IDENTIDAD DIGITAL:
La identidad digital es el pilar del gobierno digital, es la tecnología que te permite acceder a todos los servicios digitales a través de la validación de la identidad física de la persona en el entorno digital. Bajo esos parámetros hemos ido evolucionando desde el DNI convencional (azul), que incorpora un código de barras o QR de identificación, al DNI electrónico, que tiene insertado el certificado de identidad en un chip. Este proceso evolutivo continúa hasta llegar finalmente a la propuesta del DNI digital o DNId, una de las incorporaciones novedosas de la Ley y su reglamento.
La idea del DNId es que ya no se requiera la utilización de un lector para leer el certificado electrónico de identidad (un componente físico). Lo que se busca ahora es que nuestra identidad digital pueda ser accesible a través de un certificado de identidad alojado en la nube que pueda ser activado por la huella digital, por el iris del ojo o algún dato biométrico de la persona. Ello, a fin de realizar algún trámite o procedimiento debidamente validado.
En ese sentido, el Reglamento señala que será la PCM quien se encargue de disponer cuál de las tecnologías digitales será la más adecuada para vincular la identidad digital; y, de implementar la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID GOB.PE). Por su parte, el RENIEC seguirá siendo el órgano gestor o ejecutivo de la identidad y estado civil de las personas, al igual que Migraciones, en lo que se refiere al ámbito de extranjeros.
2. SERVICIOS DIGITALES:
El objetivo principal de los servicios digitales es acercar el Estado a la ciudadanía. Para tal fin se crea la Plataforma Digital Única del Estado peruano para orientación al ciudadano GOB.PE. Esta plataforma centralizada tiene como finalidad la orientación de trámites y servicios, el acceso a páginas institucionales y el acceso a los servicios digitales (recepción de documentos, seguimiento de trámites, casilla única electrónica, carpeta ciudadana, reclamaciones, entre otros).
Además, estos servicios digitales deben tener las siguientes características y cumplir con los siguientes requisitos: centrados en la ciudadanía, contar con accesibilidad, deben ser pensados para dispositivos móviles, tener escalabilidad, con innovación abierta y mejora continua, conservación de la información, seguridad desde el diseño e interculturalidad. Finalmente, otro aspecto importante se relaciona con el tipo de servicios digitales, que se clasificará de acuerdo con el nivel de complejidad y de apersonamiento del ciudadano.
3. ARQUITECTURA DIGITAL:
Se relaciona a la forma en que se vinculan entre sí los componentes digitales de diversas entidades del Estado y a cómo evolucionan a través del tiempo. Este Marco de Arquitectura Digital del Estado Peruano contiene lineamientos, especificaciones, guías, directivas, normas técnicas y estándares. Estos parámetros de arquitectura digital permiten asegurar el alineamiento entre objetivos estratégicos nacionales e institucionales con el uso optimizado de las tecnologías digitales.
Este alineamiento incide en las inversiones en tecnologías de la información, datos y seguridad digital para optimizar el uso de recursos y prestación de servicios digitales en el Estado. Ello, con la finalidad de optimizar el uso de recursos y la prestación de servicios digitales. Por otro lado, se establecen modelos de referencia de Arquitectura Digital que permiten un análisis integral de la entidad, desde diferentes perspectivas, para identificar necesidades, problemas y brechas asociadas con los procesos, servicios, sistemas de información, infraestructura tecnológica, gestión de datos y seguridad digital, así como identificar oportunidades de mejora para satisfacer las necesidades de información de la entidad y ciudadano, en el tiempo presente, inmediato y futuro.
4. INTEROPERABILIDAD
La interoperabilidad tiene que ver con la comunicación entre sistemas informáticos distintos. Para ello es esencial que existan estándares o protocolos que los vinculen entre sí. En el ámbito del gobierno, la interoperabilidad permite que entidades e instituciones distintas tengan la capacidad de interactuar para alcanzar objetivos acordados de manera conjunta. Algunos de los principios del Marco de Interoperabilidad que se destacan son la independencia tecnológica, participación, apertura, seguridad, reutilización, cooperación, colaboración e interoperabilidad desde el diseño.
Esta interoperabilidad tiene diversos niveles: nivel legal, organizacional, semántico y técnico. De otro lado, con respecto a las plataformas de interoperabilidad o bloques básicos que se pondrán a disposición de la ciudadanía, el Reglamento hace mención a: el Registro Centralizado y/o Unificado de Registros, la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), PAGALO.PE, ID GOB.PE, CASILLA ÚNICA PERÚ, MESA DIGITAL PERÚ, FIRMA PERÚ, entre otros.
5. SEGURIDAD DIGITAL:
La seguridad digital es transversal a todo el ecosistema de gobierno digital e incorpora un componente de vigilancia frente a los posibles actos de vulnerabilidad sobre nuestras cuentas privadas, información confidencial, sistemas administrativos que guardan información, entre otros. Una adecuada seguridad digital permitirá generar la Confianza Digital cuando, como usuarios digitales, nos sintamos seguros de que nuestra privacidad se encuentra debidamente protegida.
Algunos componentes del modelo de Seguridad Digital que se detallan en el Reglamento son: Centro Nacional de Seguridad Digital, Redes de Confianza de Seguridad Digital, Oficial de Seguridad Digital, Ciudadano en general, la Autoridad Nacional de Datos Personales y el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información. En el caso de este último, comprende el conjunto de políticas, lineamientos, procedimientos, recursos y actividades asociadas, que gestiona una entidad con el propósito de proteger sus activos de información.
6. INFRAESTRUCTURA Y GOBERNANZA DE DATOS
La Infraestructura Nacional de Datos viene a ser el conjunto articulado de políticas, normas, medidas, procesos, tecnologías digitales, datos gubernamentales, repositorios y bases de datos destinadas a promover la adecuada recopilación, producción, procesamiento, analítica, publicación, almacenamiento, distribución y puesta a disposición de los datos que gestionan las entidades. Esta infraestructura comprende los siguientes ámbitos: estadística, espacial o georreferenciada, privados o personales y datos abiertos.
En el marco de gobernanza de datos, resulta importante que se implemente un modelo básico que tenga los siguientes componentes: generación y recolección; almacenamiento, protección y procesamiento; compartición, curación y publicación; y finalmente el uso y reutilización.
CONCLUSIONES
Definitivamente la pandemia ha cambiado drásticamente el mundo. Ha sido un año en el que muchos servicios y procesos gubernamentales giraron rápidamente hacia formatos digitales y ha quedado evidenciada nuestra necesidad de acelerar la transformación digital en cada ámbito de nuestras vidas y a nivel del gobierno no ha sido la excepción.
En el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital se destacan los desafíos y oportunidades que la tecnología está creando para el Gobierno, el valor de las innovaciones tecnológicas, el impacto de la regulación digital y sobretodo, como los datos son el motor de la nueva economía y contribuyen como evidencia en el diseño de las políticas públicas.
Con la puesta en marcha de esta nueva regulación, tanto la ciudadanía como los actores gubernamentales dispondrán de plataformas tecnológicas para mejorar su trabajo operativo institucional, implementar una administración pública más eficiente, más ágil y con una mayor integridad pública, diseñar políticas públicas, planes y estrategias, con un enfoque centrado en el ciudadano.